CEUTA -Entrega de documentación Concurso Extraordinario de Méritos de Estabilización


16 Jun, 2023

Concurso Extraordinario de Estabilización

Resolución de entrega de documentación Concurso Extraordinario de Estabilización.

 

"...los aspirantes seleccionados deberán indicar en qué momento y ante que órgano administrativo presentó los documentos ya aportados en el procedimiento selectivo, debiendo las Administraciones Públicas recabarlos electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados a tal efecto, salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa del interesado.

En cualquier caso, los aspirantes que hayan superado el procedimiento selectivo deberán presentar ante esta Dirección Provincial en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente del a publicación de la presente resolución la siguiente documentación:

a) Petición de centros a través del documento generado a tal efecto.

b) Copia auténtica del título exigido para el ingreso en el cuerpo al que se ha optado o certificación académica original o fotocopia de la misma que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.

c) Copia auténtica, si procede, de alguno de los certificados o títulos que justifique el requisito específico de la acreditación de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) Certificado acreditativo de no tener ningún tipo de antecedentes penales por delitos sexuales expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Las personas que dentro del plazo que se señale, salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentasen la documentación que se solicite, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base segunda, no podrán ser nombradas funcionarias de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido en caso de falsedad en la documentación aportada al procedimiento."

 

Publicado en la web: 16/06/2023.