PLAN DE ACCIÓN SOCIAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
DESTINATARIOS:
Con carácter general, cualquier persona empleada pública en situación de servicio activo en el MEFP y que perciba sus retribuciones con cargo al Capítulo I.
No obstante, el personal laboral, tanto fijo como temporal, deberá estar acogido al Convenio Único para el personal laboral de la AGE.
El personal laboral en el exterior se encuentra integrado en el Plan de Acción Social.
Quedan asimiladas a la situación de beneficiarios durante el primer año: la expectativa de destino; la excedencia por razón de violencia de género; la excedencia por el cuidado de hijos y familiares
Podrán ser beneficiarios los empleados que hubiesen accedido a la situación de jubilación o declarados en situación de invalidez absoluta o gran invalidez, así como los herederos del personal que haya fallecido entre el 1 de enero de 2022 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Podrán ser beneficiario el personal empleado público que por su situación administrativa no se encuentren en servicio activo en este Departamento en el momento de presentar la solicitud, pero sí lo estuviesen en el período de cobertura.
Se podrá ser beneficiario para sí o en favor de sus familiares, siempre que éstos sean integrantes de la unidad familiar o se prevea expresamente en alguna ayuda específica con carácter excepcional.
Parar cualquier Información relacionada con la convocatoria: teléfono 91 7018391; servicio.formacion@educacion.gob.es
Publicado en la web: 27/02/2023.