De acuerdo con las bases de la convocatoria del Plan de Acción Social del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el año 2021, aprobadas por Resolución de esta Subsecretaría de fecha 1 de marzo de 2021, una vez concluidos los trabajos del Grupo Técnico de Acción Social, y una vez finalizado el plazo para presentar alegaciones a las relaciones provisionales de concesión y denegación de ayudas, esta Subsecretaría resuelve:
1º. Conceder las ayudas de acción social previstas en dicha convocatoria a los solicitantes que, habiendo justificado en tiempo y forma los requisitos exigidos, se relacionan en el Anexo I y por las cantidades que para cada uno se reseñan.
2º. Denegar las ayudas de acción social solicitadas por el personal que se relaciona en el Anexo II, por las causas que para cada uno se señalan.