RESOLUCIÓN DE 19 DE AGOSTO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES DE MELILLA, POR LA QUE SE REALIZA LA ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE VACANTES A LOS ASPIRANTES A DESEMPEÑAR PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD DE LOS CUERPOS Y ESPECIALIDADES DOCENTES PARA EL CURSO 2024/2025.
Mediante la presente RESOLUCIÓN y en cumplimiento de lo recogido en la Orden ECD/697/2017, y en su modificación en la Orden EFP/529/2023, por la que se regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar, en régimen de interinidad, plazas de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en las ciudades de Ceuta y Melilla, así como de conformidad con las Instrucciones de la Subsecretaría del Departamento para el inicio del curso escolar 2024/2025, se procede a hacer pública la RELACIÓN DEFINITVA DE VACANTES ADJUDICADAS, subrayando la obligatoriedad de incorporación de los interesados al centro asignado con fecha 1 de septiembre de 2024. En este sentido, se determina la OBLIGATORIEDAD DE INCORPORACIÓN de los interesados al centro asignado con fecha 2 de septiembre de 2024, determinándose que quienes no tomen posesión, y salvo causa de fuerza mayor y debidamente acreditada, renuncian a la vacante adjudicada. De igual modo, y como advierte el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y ajustada al actual procedimiento en la Orden ECD/697/2017, y en su modificación en la Orden EFP/529/2023, cuando el interesado haya RENUNCIADO a obtener el nombramiento para el curso 2024/2025 no se le ofrecerá puesto en la especialidad durante la duración del mismo.
Asimismo, y con el fin de mejorar la tramitación y agilización de los procedimientos derivados de la formalización del nombramiento como funcionarios interinos, así como en aplicación de lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece la obligación de participar en los mismos de forma telemática, pues en razón de su titulación y capacidad técnica, las personas participantes tienen acceso y disponibilidad de los correspondientes medios electrónicos. Con sujeción a lo anteriormente manifestado, los interesados deberán atenerse a las siguientes instrucciones:
• UNO. TODOS LOS PASOS INDICADOS SE REALIZARÁN A TRAVÉS DEL REGISTRO ELECTRÓNICO COMÚN (REC) del Ministerio de Educación y Formación Profesional, cuya dirección electrónica es: https://reg.redsara.es/
• DOS. Desde la publicación de la presente resolución y la relación definitiva de las vacantes adjudicadas, se establece un plazo hasta el 22 de agosto (23:59 horas) para la entrega de la documentación reflejada en las siguientes instrucciones.
• TRES. TODOS LOS INTERINOS deberán entregar, a través del Registro Electrónico Común (REC) los documentos anexados a esta resolución debidamente cumplimentados y firmados: o Formulario de alta. https://www.educacionfpydeportes.gob.es/dam/jcr:ecc3ea5b-e879-41dc-b400- 78f493adfbc3/formulario-alta.pdf o Fotocopia por ambas caras de la tarjeta de afiliación a la Seguridad Social. o Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
• CUATRO. LOS INTERINOS DE NUEVO INGRESO. Junto a los anteriores anexos, deberán aportar: o Fotocopia de la titulación requerida. o Fotocopia del CAP/Máster MAES o documentación que acredite la formación pedagógica cuando proceda.
• CINCO. En caso de no seguir el procedimiento indicado para la formalización del nombramiento, se entenderá que los interesados RENUNCIAN A LA VACANTE asignada, con sujeción a los efectos recogidos en la normativa aplicable.
SEXTO. La efectividad del nombramiento quedará pendiente de que el centro de destino confirme su incorporación al mismo, así como del cumplimiento de los requisitos de titulación exigidos para ser nombrados funcionarios interinos.
• SÉPTIMO. Cualquier docente interino puede renunciar, previamente y por escrito (por REDSARA a la Dirección Provincial), a obtener un nombramiento en cualquiera de las listas de los distintos cuerpos y especialidades de las que forme parte. Las renuncias a los nombramientos se pueden realizar en cualquier momento del curso escolar siendo imprescindible que se realice con antelación a dicho nombramiento, salvo que lo hagan por haber aceptado antes otra oferta en virtud de su permanencia a una lista del mismo o distinto cuerpo en el ámbito de gestión del MEFP. En tal caso, no se les ofertará puesto en esa lista durante el curso escolar, sin perjuicio de que sigan permaneciendo en las otras listas de las que formase parte.
• OCTAVO. En la gestión de las correspondientes listas de aspirantes en cada especialidad, se tendrá en cuenta el porcentaje de plazas que, con carácter general, debe respetarse en el acceso al empleo público para ser cubiertas por personas con discapacidad, de forma que en cada lista de las especialidades y cuerpos docentes, en aquellos supuestos en los que formen parte de dichas listas aspirantes que hayan acreditado esa condición, se incluirá al aspirante que corresponda por su orden, tras cada quince personas integrantes de dicha lista
• NUEVE. Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Subsecretaría de Educación, Formación Profesional y Deportes, en un plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios y en la web del Departamento, con sujeción a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Melilla, a fecha de firma electrónica EL DIRECTOR PROVINCIAL Juan Ángel Berbel Galera