Ayudas destinadas a atender situaciones de necesidad que no estén cubiertas por otras prestaciones, siempre que se carezca de los recursos indispensables para hacer frente a los mismos. Personas mutualistas jubiladas o perceptoras de prestación de orfandad o viudeda
Plazo de presentación hasta el 31 de octubre de 2023.
En enero de 2023 se podrá cambiar de entidad, los catálogos se actualizarán a 1 de enero.
En enero de 2023 se podrá cambiar de entidad, los catálogos se actualizarán a 1 de enero.
Es un organismo público adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, y el Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
MUFACE Gestiona el sistema del Mutualismo Administrativo prestando una adecuada protección a los mutualistas y beneficiarios, siendo el sistema de financiación el de reparto, lo que implica que los ingresos, tanto los procedentes de cotizaciones como los aportados por el Estado, se convierten en las prestaciones a recibir por aquéllos.
Servicios que presta:
Para consultar los impresos de solicitudes, puedes acceder a través de este enlace